Jue. Jul 2nd, 2026
Después de conocer la historia de Manuel, se puede observar que existe un vacío legal en la actualidad que permite que ciertos tutores utilicen a sus hijos o hijas, como una herramienta de extorsión patrimonial. Desafortunadamente este no es un caso aislado, sino es uno más de los casos que quedan sin registro, no por falta de elementos sino porque la visión de la sociedad está enfocada en la persecución económica del no tutor más que en la estabilidad emocional del menor.

Esto ha motivado que se dé la instrumentalización de los menores en los procesos de separación y ha transformado la patria potestad en un modelo de explotación económica. Lamentablemente, esta práctica reduce la dignidad de las infancias a un simple mecanismo de recaudación de fondos. Y no es que no se trata de hacer menos la realidad de que el dinero se necesita para transitar la vida, pero, no debe ser el único foco de la legislación. Al final la justicia se trata de eso, de encontrar el punto medio de las partes.

Cuando se da un divorcio conflictivo, se crea un ecosistema en el que el o la menor, deja de ser un individuo con derechos para convertirse en un objeto de transacción. De tal manera, que el tutor custodio suele apoyarse en una o más de las siguientes estrategias:

  • Bloqueo parental: Se impide la convivencia con el padre no tutor para forzar negociaciones económicas informales, adicionales de la pensión establecida.
  • Violencia vicaria: Se utiliza el afecto del menor como un rehén emocional para infligir daño financiero al otro progenitor. Sin valorar la estabilidad mental y de desarrollo del o la menor. Este acto, mucho más cuestionable, motiva a preguntarse cómo el tutor custodio, infringe un daño a su descendencia en nombre de la justicia, la venganza personal, o para mitigar el dolor personal, por encima del bien del menor. 

Es injustificable que alguien que cuida, protege, o ama a otro ser, le cause un daño emocional, por sobreponer sus propias emociones. ¿Realmente debe ser este tutor quien quede a cargo de la protección y cuidado del menor?

  • Maximización del flujo: Se gestionan múltiples custodias, con diferentes fuentes de financiamiento, como si se tratara de un portafolio de ingresos recurrentes.

Debido a estas circunstancias se observó un paralelismo exacto entre las redes sociales que lucran con la imagen de los niños y la existencia de un progenitor que abusa del sistema de pensiones. Ambos fenómenos configuran una monetización de la niñez, esta observación se revela de forma visual en la comparativa de las siguientes imágenes:

Proceso de la Monetización de la niñez a través de medios digitales

Nota. Elaboración propia.

Proceso de la Monetización de la niñez a través de un divorcio conflictivo

Nota. Elaboración propia.

En el ámbito digital, el tutor, de alguna manera, comercializa la privacidad del menor a cambio del subsidio o financiamiento de patrocinadores. Mientras que, en el ámbito legal y familiar, el tutor custodio comercializa con el derecho a la convivencia familiar a cambio de una renta mensual obligatoria. Desafortunadamente el resultado es que, en ambos escenarios, el niño o niña es privado de su desarrollo natural para satisfacer la ambición de lucro del adulto.

Por lo menos, en el estado de Yucatán, las instituciones de justicia familiar siguen operando bajo normativas que se encuentran desactualizadas y que ya no corresponden a la realidad económica actual, mucho menos a la dinámica social contemporánea. Por un lado, el abuso de las medidas cautelares automáticas las cuales fueron creadas con el sano objetivo de proteger a las personas que viven en un estado de vulnerabilidad, pero, por otro lado, su aplicación universal permite consolidar despojos patrimoniales sin un análisis previo de las pruebas.

Esto genera un incentivo perverso: el menor se convierte en la vía más rápida para asegurar un nivel de vida a expensas de la ruina profesional y emocional del otro padre o madre. La equidad de género en los juzgados familiares requiere una reforma urgente que fiscalice el destino real de los recursos económicos exigidos, con la lupa en la comprobación del uso de estos, con la misma profundidad con la que se recurre al origen de estos.

Sé que este puede ser un tema controversial, y que usted estimado lector, basa su opinión en dependencia al lado de la justicia en el que se encuentre en este momento, si es que usted está, ha pasado, o ha vivido una experiencia cercana. Pero, requerimos como sociedad, y por encima de esta, como seres humanos en pro de una generación de adultos emocionalmente estables, anteponer las necesidades físicas, emocionales, económicas, familiares, psicológicas y cualquiera que fuese necesaria, en el desarrollo de las y los infantes. No debería pesar una más que otra, y como comunidad adulta es nuestra responsabilidad encontrar una solución integral.

Incluso, de forma idealista, se pudiera resumir que no es necesario la creación de instituciones estatales o federales, si el principio, como seres racionales, fuera el cuidado y protección del hijo o hija que decidimos traer al mundo con nuestra pareja. Debemos alejar los prejuicios y sentimientos personales, y ser objetivos en el proceso de un divorcio, garantizando la supervivencia, alimentación, vestido, calzado, entretenimiento, y estabilidad emocional, lo mejor posible, del menor o menores. Ya que estos, por encima de todo, son los que han perdido la mitad de su vida, la mitad de las experiencias de vivir con sus padres y aprender de ellos, de vivir y convivir con ellos, en una sola casa.

Los menores ya perdieron y sin decidir. Nunca opinaron, ni dijeron nada, ni hicieron nada para que sus padres se divorciaran, fue una decisión totalmente externa, desde su punto de vista, y ellos son los que reciben el daño colateral más fuerte para el resto de sus vidas.

Se quedan en jaque al tener que decidir con quién vivir, toman un lado del partido, mientras se estrujan el corazón por abandonar el otro, si es que tienen la edad suficiente, pero, otros que vivieron el proceso en una edad muy temprana, nunca se enteraron, crecieron con la mente contaminada, con el pesar de que uno de sus padres lo abandonó, y se atormentan buscando una respuesta, sin saber que “alguien que los ama” decidió por él o por ella.

A usted como ser racional y emocional, lo invito a pensar en el bienestar de su hijo o hija por encima de lo que sienta por su expareja en general. Si es usted el tutor no custodio le comento que el dinero que pudiera entregar nunca será suficiente para calmar esas heridas, y negarles a sus hijos por perjudicar a su ex, les causa más daño a sus hijos. Y si usted es el tutor custodio, le invito a que fomente la relación con el otro tutor sin importar la cantidad de dinero que haya conseguido en su juicio, al final, más vale vivir con un ser humano bueno, y saber que es, dentro de lo que cabe, feliz.

Para concluir este análisis, le dejo con las siguientes interrogantes:

¿De qué forma puede el sistema judicial distinguir una demanda legítima de protección de una estrategia de asfixia financiera?; ¿cuáles deben ser las consecuencias penales para los profesionales del derecho que diseñan estos esquemas de fraude?; y finalmente, ¿cómo afectará a la sociedad del mañana el crecimiento de una generación de niños criados bajo la premisa de que el afecto de un padre tiene un precio asignado por el mercado?

Recuerde que tenemos un espacio para sus comentarios. Les leo.

Doctor en Ciencias Sociales por la UADY, especializado en Movilidad Urbana Sostenible, Docente, y Contador público atípico. Experto en resolución de problemas por mi madre, y de pensamiento crítico por mi padre. Ciudadano divergente, y afortunado colaborador de Vive Mérida.

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