Tanto las colegiaturas como los insumos escolares no le hicieron el feo a la inflación y subieron sus costos de manera significativa, a tal grado que las escuelas particulares el embate llegó a registrar hasta el 25% de deserción escolar, lo que sin duda pone a este tipo de servicios en una encrucijada importante, empezando por la calidad educativa que las supone, o al menos así se vende.

La inversión sobre la educación privada de los hijos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lo premia con la deducción de impuestos, pues finalmente los padres de familia que invierten en la educación privada de sus hijos, le quitan un peso al Estado sobre esta obligación puesta en el artículo 3ro. Constitucional, donde se apunta que la educación básica es gratuita para los mexicanos.

¿Qué y cuánto se puede deducir?

La deducción es anual y sólo aplica hasta el nivel bachillerato o estudios equivalentes, y estos son los montos y conceptos que permite anualmente deducir el SAT:

  • Preescolar: 14 mil 200 pesos.
  • Primaria: 12 mil 900 pesos.
  • Secundaria: 19 mil 900 pesos.
  • Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
  • El transporte escolar, siempre y cuando sea obligatorio por la institución educativa.

Ahora, es importante saber que estos montos sólo se refieren a las colegiaturas, y que sólo una persona los puede deducir, así como que los montos por inscripción y reinscripción, no son deducibles.

Si se pagan más de una colegiatura, sólo se podrá deducir la más alta, esto es: si se tiene un niño y preescolar y el otro en bachillerato, sólo se podrá deducir el de bachillerato; en este caso lo que se puede hacer es que un gasto lo deduzca el padre y el otro la madre, si ambos declaran ante el SAT.

Finalmente, es importante siempre pedir las facturas correspondientes a las colegiaturas y transporte escolar, para ello siempre hay que solicitarla con los datos precisos y correctos del contribuyente de lo contrario, los puede desestimar el SAT y al momento de hacer la declaración anual, este gasto no sea deducible.

En esta liga se encuentra más información al respecto: https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales

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